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Qué es un contrato de Opción

14-04-2022 - Jordi Iñesta | @inesta23

Qué es un contrato de Opción

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Nota: Con motivo de la convocatoria para guion de largometraje lanzada por Pixelatl y Fotosíntesis, desarrollamos unas notas que explican en resumen qué es un contrato de opción, y que consideramos pertinente que quede registrada tanto en nuestra bitácora como en los Ideatoon Bytes.


Un Contrato de Opción, es un tipo de contrato usado en la industria audiovisual, en el que el autor recibe un primer pago como contraprestación por otorgar a un productor y/o estudio el derecho de trabajar sobre su proyecto, y salir a buscar financiamiento para producirlo.

Mientras dure el contrato, el autor o creador del proyecto no podrá celebrar otro contrato, acuerdo o convenio de cualquier naturaleza con cualquier otra persona o empresa que conlleve el licenciamiento, cesión o compromiso de licenciamiento o cesión de los derechos de explotación (incluyendo derechos patrimoniales) y/o de uso de cualquier forma, sobre el proyecto y sus componentes (guion, personajes, premisas, etc.).

En el contrato se establece un periodo de tiempo en el que el productor y/o estudio tendrá el derecho sobre el proyecto (explotación y, en general, derechos patrimoniales). Si no se concreta ningún acuerdo de financiamiento o producción en dicho periodo, la totalidad de los derechos patrimoniales (y de explotación comercial) sobre el proyecto vuelven a manos de los autores (que ya habían obtenido un primer pago por la opción, mismo que no regresan). Hay casos de propiedades que han sido “opcionadas” por diversos estudios en diversos momentos sin que se terminen produciendo, y a cada nueva opción que los autores firman, han recibido su respectivo pago.

Ahora bien, en caso de que el productor o estudio logre obtener financiamiento para producir el proyecto, el mismo contrato de Opción establece el monto adicional que el autor recibirá por la adquisición del resto de los derechos sobre su obra. Es decir: el contrato de opción funciona como una pre-compra del proyecto (estableciendo los montos que se pagarían por la adquisición completa del proyecto); si se logra el financiamiento se concreta la compra, y si no la totalidad de los derechos vuelven a sus creadores.

En ningún momento se transfieren los derechos morales de autor, que son irrenunciables. Es decir, si la obra se logra producir, aun cuando tenga muchas modificaciones en el proceso, se dará al autor o autores su crédito respectivo. Sólo los derechos patrimoniales y de explotación son concedidos en favor de quien los adquiere.

Los materiales adicionales que en muchas ocasiones desarrolla quien “opcionó” un proyecto (diseños, storyboards, animaticos, guiones, etc.), son considerados una nueva propiedad intelectual, aunque derivada del proyecto original. Si los derechos patrimoniales y de explotación del proyecto vuelven a su autor al culminar el plazo del contrato de opción, el autor no puede hacer uso de estos materiales adicionales a menos que los compre (en un nuevo contrato) al productor o estudio que los desarrolló. De igual manera, al ser considerado estos materiales una obra derivada, el productor o estudio que los desarrolló no podrán explotarlos comercialmente a menos que se logre un nuevo contrato de cesión de derechos con el autor del proyecto original.

En ocasiones, en el mismo contrato de opción se negocian potenciales regalías futuras del proyecto en beneficio de los autores, y por otra parte los autores del proyecto original pueden buscar un lugar en la producción en caso de lograrse el financiamiento. Obviamente si los creadores tienen ya una trayectoria que valide su talento pueden tener oportunidad de participar más en la producción, pero al buscar los productores cierta garantía de calidad, esta posible participación tiende a ser marginal -a menos que los autores tengan alguna trayectoria destacada que signifique un activo para el desarrollo. Aún así, el autor puede pedir cierta participación así sea como consultor.

Por otra parte, en caso de que el o los autores tengan ya suficiente experiencia o reconocimiento en la industria en ocasiones el mismo productor los contempla desde la firma de la opción en un lugar destacado de la posible producción.

Finalmente, si los autores llegan a la firma de una opción con inversión de su lado, o con talento reconocido a bordo del proyecto -y van a aportarlo al desarrollo-, al ser co-inversionistas podrán negociar un mayor porcentaje de regalías.

Hay tantas variantes en un contrato de opción como proyectos posibles. Lo importante es llegar entendiendo de qué se trata y qué se puede negociar, para el mayor beneficio de todas las partes.



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